Criterios para la consideración de la afección del cambio climático sobre el régimen de caudales ecológicos
El régimen de caudales ecológicos de las aguas superficiales es la expresión de las necesidades ambientales en cuanto a flujo de agua de los ecosistemas asociados a dichas aguas. Igualmente, en el caso de las aguas subterráneas deberían llegar a determinarse, siempre que la información disponible lo permita, los niveles piezométricos que garanticen la aportación de los caudales ecológicos bien de los cauces con los que estén conectadas o bien las necesidades ambientales de las zonas húmedas que dependan de ellas. El plan hidrológico debe definir, en la medida de lo posible, el régimen de caudales ecológicos, los niveles piezométricos y las necesidades ambientales que considere necesario de acuerdo con la normativa vigente.
La propuesta de criterios para determinar la afección del cambio climático se va a centrar en los caudales ecológicos, entendidos como régimen de caudales mínimos, de los cauces superficiales exclusivamente, pero podría ser aplicable también para los requerimientos de las aguas subterráneas.
En cualquier caso, debe tenerse presente que el caudal ecológico tiene dos concepciones diferentes en los países del ámbito de la CODIA. La primera consiste en que, de acuerdo con su ordenamiento jurídico, en algunos países se considera como una restricción previa, es decir, el volumen destinado a caudal ecológico se retira del sistema previamente al reparto de los recursos entre los diferentes usos. Se trata de un volumen que se detrae sin entrar en competencia con el resto de usos.
La segunda concepción posible consiste en considerar el caudal ecológico como un uso más, de carácter ambiental, que entra en competencia por los recursos con el resto de los usos. Se trata de una demanda más que deberá verificar el criterio de garantía que en su caso se establezca.
Hay que señalar que la determinación del régimen de caudales ecológicos en la situación actual es una tarea compleja, que requiere una gran cantidad de información hidrológica y biológica. La presentación de las diferentes metodologías de cálculo se detallará en el apartado correspondiente de la Guía. Basta decir aquí que los métodos hidrológicos requieren información de caudales diarios y los biológicos conocer las especies características de cada tramo de río y que la tendencia actual es emplear los dos métodos complementariamente.
La afección del cambio climático sobre el caudal ecológico puede plantearse de dos maneras diferentes. La primera consiste en considerar que el cambio climático es una presión sobre las aguas equiparable a otras de origen antrópico, como las extracciones o la contaminación. Por tanto, no puede admitirse con carácter general que se modifiquen las condiciones de los cauces superficiales como consecuencia de esa presión y, por tanto, el régimen de caudales mínimos debería mantenerse invariable en el futuro.
La segunda manera supone considerar que la afección del cambio climático dará lugar a unas condiciones ambientales diferentes que modificarán la distribución de especies actual y, por tanto, el régimen de caudales mínimos asociado.
La primera posibilidad supone que el régimen de caudales mínimos es constante e igual al actual. Este enfoque no parece razonable a largo plazo, puesto que el mantenimiento de la distribución de especies no depende solo del caudal circulante, sino también de otras variables climáticas como temperatura, humedad, etc. Si estas variables cambian, tal como se prevé que suceda por el cambio climático, aunque se mantuvieran los caudales circulantes, cambiarían las especies y, por tanto, debería modificarse el régimen de caudales mínimos.
La segunda posibilidad requiere conocer la distribución de especies correspondiente a las variables climáticas básicas obtenidas en la regionalización de escenarios. Actualmente no se cuenta con las metodologías que permitan predecir cuáles serían esas especies, por lo que no se podrían aplicar los métodos biológicos para la determinación del régimen de caudales mínimos afectado por el cambio climático.
La aplicación de los métodos hidrológicos requiere, como se ha indicado, datos de caudales diarios. La regionalización de escenarios puede permitir obtener las variables climáticas básicas con paso diario. Sin embargo, su transformación en caudal diario requiere modelos complejos, que no son habitualmente empleados en la planificación hidrológica, cuyo paso temporal habitual es el mensual. De hecho, el procedimiento comúnmente empleado para obtener los caudales diarios en la situación actual no es la modelación a partir de datos climáticos diarios, sino la obtención de patrones diarios de la distribución de caudales a partir de registros reales en estaciones de aforo representativas de las condiciones de los tramos en los que se quiere determinar el caudal ecológico. Estos patrones diarios observados no están disponibles, como es lógico, para escenarios futuros, como son los correspondientes a los efectos del cambio climático. Por lo tanto, no es evidente contar con caudales diarios para evaluar los caudales ecológicos correspondientes a la situación de afección por el cambio climático aplicando métodos hidrológicos.
En conclusión, no se considera que la estimación de la modificación del régimen de caudales mínimos respecto a la situación actual pueda aportar información de utilidad suficiente a los efectos perseguidos de identificar vulnerabilidades del sistema de gestión de recursos hídricos como consecuencia del cambio climático. Ello es debido a que no se cuenta con la información necesaria para aplicar los métodos hidrológicos ni tampoco los biológicos, por no disponer de metodologías para estimar cuáles serían las especies características en las condiciones ambientales derivadas de los escenarios de cambio climático. A ello se añade la circunstancia de que en buena parte de los casos aún no está definido el régimen de caudales ecológicos en situación actual, tarea previa necesaria para la identificación de la modificación debida al cambio climático. En consecuencia, se estima que en el estado actual del conocimiento, el análisis de la repercusión del cambio climático sobre el régimen de caudales mínimos no es, en principio, una cuestión prioritaria en la elaboración del plan.



