Régimen de caudales ecológicos durante periodos de sequía
Antes de aplicar un régimen especial, es necesario entender qué constituye una sequía hidrológica y cómo reconocerla. En el contexto de la planificación, se considera sequía un período prolongado de caudales anormalmente bajos y disponibilidad hídrica reducida, más allá de la variabilidad estacional normal. Suele identificarse mediante indicadores objetivos (por ejemplo, índices de escasez o umbrales de caudal/acumulación en embalses) que, una vez sobrepasados, señalan la entrada en estado de sequía. Solo tras declarar formalmente esta situación de sequía (según los criterios legales o técnicos establecidos) se justifica implementar un régimen ecológico excepcional.
¿Cuándo aplicarlo? Solo en situación oficial de sequía y bajo las condiciones que establezca el marco legal del país. Es decir, se deberá verificar que la normativa vigente permite adoptar excepciones temporales a los caudales ecológicos durante la sequía (por ejemplo, mediante un plan o protocolo de sequía aprobado por la autoridad competente). De lo contrario, el régimen ecológico ordinario seguirá vigente incluso en periodos secos.
¿Cómo debería ser este régimen?
- Más flexible y reducido que el régimen ordinario, pero manteniendo:
- El carácter natural de los mínimos mensuales.
- Una proporción respecto a los caudales en condiciones de No sequia (manteniendo la forma mensual, aunque más bajos).
- Mínimo garantizado: Al menos conservar % de hábitat potencial útil (según simulaciones de hábitat) que permita garantizar el buen funcionamiento de los ecosistemas.
¿Cómo hacerlo?
- Reducir progresivamente los caudales en proporción a la situación de sequía.
- Mantener la forma natural de los mínimos mensuales (bajar caudales sin alterar su distribución a lo largo del año).
- Simular o comprobar que al menos se mantiene el % de hábitat estimado como mínimo.
¿Qué evitar?
- Deterioros ecológicos graves o irreversibles.
- Cambios bruscos o desordenados que puedan dañar los ecosistemas.
Descripción Metodológica
- Comprobar legalmente si es aplicable (plan de sequía y normativa).
- Revisar indicadores hidrológicos y definir el grado de ajuste necesario.
- Aplicar una reducción gradual y proporcional al régimen ordinario.
- Asegurar que no se alteran los periodos mínimos mensuales ni se superan límites ecológicos.



