Evaluación de significancia de las presiones

El Plan Hidrológico debe determinar qué presiones son estratégicamente prioritarias, es decir, las que concentran mayor riesgo de impedir el logro de los objetivos del Plan, de uso y de salud pública. Para ello se requiere una evaluación sistemática de significancia, basada en criterios técnicos verificables y alineada con la normativa nacional e internacional.

Contenidos clave:

Este contenido debe permitir discriminar entre presiones más o menos relevantes desde el punto de vista de la planificación en función de los siguientes criterios:

  • Magnitud/intensidad: volumen extraído o vertido, carga contaminante, superficie intervenida.
  • Frecuencia y duración: actividad permanente, estacional o puntual.
  • Estado legal: presiones autorizadas, informales o ilegales.

Se debe, por tanto:

  • Establecer un umbral de significancia basado en la normativa nacional, valores guía internacionales (ej. OMS, FAO) o evidencia científica. En este caso hay que tener en cuenta que esta solución de los umbrales de significancia puede resultar inapropiada dada la variada susceptibilidad de los cuerpos de agua. Por ejemplo, un determinado vertido de foco puntual puede ser muy significativo en un río que cuente con escaso caudal, pero el mismo vertido puede resultar inapreciable en un río muy caudaloso.
  • Proponer una matriz de evaluación de impactos potenciales sobre la calidad ecológica, químico o cuantitativo de los cuerpos de agua. La identificación de impactos es un aspecto clave de este análisis. En función de registros en las redes de medida se verificarán los impactos de determinadas presiones, así como la insignificancia de otras, y se tratará de realizar un análisis de riesgo que estime el potencial efecto de las presiones inventariadas sobre aquellos cuerpos de agua en los que, por falta de disponibilidad de datos, no se disponga de registros de impacto.
  • Identificar presiones que comprometan el cumplimiento de los objetivos ambientales o de uso prioritario (abastecimiento, zonas protegidas, etc.).

Mediante los criterios anteriores, el Plan debe listar explícitamente las presiones que:

  • Impiden o ponen en riesgo la calidad de los cuerpos de agua.
  • Comprometen usos prioritarios (abastecimiento, riego estratégico, zonas de recreo o turismo).
  • Afectan a zonas protegidas.
  • Estos resultados se vincularán directamente con:
  • La priorización de medidas en el Programa de Actuaciones.
  • El enfoque territorial de las inversiones (subcuencas o tramos críticos).
  • El refuerzo de vigilancia y control en actividades ilegales o informales.

Contenidos clave:

Este apartado debe consolidar la información recogida de manera operativa para la planificación. Se debe presentar:

  • Tablas resumen por cuerpo de agua, indicando: presión, intensidad, legalidad, frecuencia.
  • Mapas sintéticos de presión acumulada, permitiendo visualizar áreas críticas.
  • Diagnóstico de información insuficiente y recomendaciones para reforzar la vigilancia, seguimiento o control; en particular sobre aquellos cuerpos de agua que reciben presiones importantes y carecen de identificación de impactos. 
  • Identificación de presiones susceptibles de intervención inmediata en el programa de medidas.