Marco de referencia y coherencia con el plan
El análisis del marco de referencia constituye el punto de partida estratégico para asegurar que el plan hidrológico se desarrolla en consonancia con el contexto institucional, normativo y de políticas públicas del país. La coherencia identificada deberá reflejarse explícitamente en la formulación de objetivos, en el planteamiento y discusión de soluciones alternativas que conducirá a la selección de medidas y en el diseño del programa de seguimiento del plan hidrológico.
La Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) debería incluir un análisis específico y detallado del marco de referencia en el que se inscribe el plan hidrológico, con el fin de garantizar su coherencia interna y externa. Este análisis permite verificar que los objetivos, medidas y estrategias definidas en el plan se encuentran alineados con las políticas, normas e instrumentos de gestión vigentes en distintos niveles.
- Coherencia con instrumentos internacionales:
La EAE debería identificar y valorar de qué manera las soluciones del plan hidrológico contribuyen al cumplimiento de compromisos ambientales y de procedimiento planificador de carácter internacional asumidos por el país, tales como por ejemplo:
- Agenda 2030 y Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular el ODS 6 (agua limpia y saneamiento), ODS 13 (acción por el clima) y ODS 15 (vida de ecosistemas terrestres).
- Acuerdos multilaterales ambientales: Convención Ramsar sobre Humedales, Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y sus instrumentos (Acuerdo de París), Convención de Lucha contra la Desertificación y otras convenciones relevantes.
- Otros marcos internacionales sectoriales aplicables: acuerdos sobre cooperación transfronteriza, gestión integrada de cuencas internacionales y tratados bilaterales o regionales relacionados con recursos hídricos.
- Acuerdo de Escazú, o acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe.
Este análisis no se limita a enumerar los compromisos, sino que debe identificar los vínculos concretos entre los objetivos del plan y estos marcos internacionales.
- Coherencia con el marco normativo nacional y regional:
El informe de EAE debe revisar y tomar en consideración las políticas públicas, las estrategias nacionales y los marcos regulatorios vigentes, particularmente aquellos que inciden directa o indirectamente en la gestión del agua y los ecosistemas asociados, o en el procedimiento de elaboración del plan hidrológico, tales como:
- Leyes y políticas de recursos hídricos y planificación hidrológica.
- Estrategias y planes nacionales de cambio climático y adaptación.
- Políticas y planes de biodiversidad, áreas protegidas, ordenamiento ambiental y territorial.
- Normativa sectorial relevante (agricultura, energía, minería, industria, turismo) que tenga influencia en el uso del agua y las presiones sobre los ecosistemas.
- Coherencia con instrumentos sectoriales y territoriales:
Además de los marcos nacionales, es imprescindible revisar planes y programas sectoriales y territoriales que interactúan con la gestión del agua:
- Planes de desarrollo regional y local.
- Programas de ordenamiento del territorio, planes de manejo de cuencas y zonificación ecológica-económica, estrategias de lucha contra la erosión y la pérdida de suelo, etc.
- Planes estratégicos de sectores productivos (agroindustria, generación hidroeléctrica, abastecimiento urbano, turismo, minería, etc).
- Estrategias de conservación y restauración de ecosistemas.
- Planes o estrategias de protección del patrimonio histórico o cultural, con especial atención a los pueblos indígenas.
Este análisis busca garantizar que el plan hidrológico y la EAE sean consistentes con la dinámica territorial y sectorial, evitando duplicidades, incompatibilidades y potenciando las sinergias.
El resultado del análisis se presentará en forma de tabla o matriz de coherencia, en la que se indiquen:
- Los instrumentos revisados.
- Los objetivos y metas relevantes de cada instrumento.
- La relación (sinergia, neutralidad o conflicto) con los objetivos y medidas del plan hidrológico.
- Recomendaciones para resolver conflictos y fortalecer la alineación.
Esta tabla o matriz, con sus correspondientes indicadores vinculados a estos elementos o factores de decisión, será uno de los insumos principales para la comparación y evaluación de alternativas estratégicas y la definición de directrices ambientales, que se verá más adelante (Componentes estratégicos objeto de la evaluación).
La EAE debe analizar posibles sinergias y conflictos normativos, identificando vacíos y recomendaciones para mejorar la coherencia.
La aplicación de la EAE en los planes hidrológicos requiere una estrecha coordinación entre la autoridad del agua, responsable de la elaboración del plan, y la autoridad ambiental, encargada de revisar, validar y asegurar la correcta integración de los criterios ambientales. En los países donde existan organismos diferenciados para ambas funciones, se recomienda la creación de comités técnicos conjuntos para el seguimiento de la EAE, la definición de criterios ambientales estratégicos, la supervisión de las evaluaciones de alternativas y la aprobación de las directrices y medidas derivadas de la EAE.



